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Presunción legal de laboralidad del trabajo en plataformas digitales de reparto: ¿y ahora qué? Josep Moreno Gené

Por: Tipo de material: Recurso continuoRecurso continuoIdioma: Español Detalles de publicación: Málaga, España Universidad de Málaga. Servicio de Publicaciones y Divulgación Científica UMA Editorial 2022Descripción: 159-207 p. il. 28 cmISSN:
  • 2660-437X
Tema(s): Clasificación CDD:
  • REV 21 REJLSS4
Recursos en línea:
Contenidos:
1. La prestación de servicios a través de plataformas digitales de reparto y sus problemas de calificación jurídica. 2. la solución jurisprudencial: la declaración de laboralidad de la prestación de servicios a través de plataformas digitales. 3. La solución legal: la presunción legal de laboralidad del trabajo en plataformas digitales de reparto. La conveniencia o no de la propia regulación legal. La validez y/o adecuación del recurso a un Real Decreto-Ley. El origen pactado de la nueva regulación. El título de la norma y su limitado ámbito de aplicación —plataformas de reparto—. El alcance de la presunción de laboralidad. El contenido de la presunción de laboralidad. La no afectación de la presunción de laboralidad a las previsiones del Art. 1.3 ET. La previsión de un largo periodo transitorio. 4. Y tras la regulación legal, ¿Cómo van a actuar las plataformas digitales de reparto?
En: Revista de Estudios Jurídicos Laborales y de Seguridad Social
Tipo de ítem: Artículo de revista
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1. La prestación de servicios a través de plataformas digitales de reparto y sus problemas de calificación jurídica. 2. la solución jurisprudencial: la declaración de laboralidad de la prestación de servicios a través de plataformas digitales. 3. La solución legal: la presunción legal de laboralidad del trabajo en plataformas digitales de reparto. La conveniencia o no de la propia regulación legal. La validez y/o adecuación del recurso a un Real Decreto-Ley. El origen pactado de la nueva regulación. El título de la norma y su limitado ámbito de aplicación —plataformas de reparto—. El alcance de la presunción de laboralidad. El contenido de la presunción de laboralidad. La no afectación de la presunción de laboralidad a las previsiones del Art. 1.3 ET. La previsión de un largo periodo transitorio. 4. Y tras la regulación legal, ¿Cómo van a actuar las plataformas digitales de reparto?

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