Resolución del Consejo Económico y Social Interamericano para unificar las instituciones de seguros sociales en los países americanos

Por: Colaborador(es): Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: México CIESS AISS 1953Descripción: 22 22 cmTema(s): Recursos en línea: Resumen: Durante su tercera Asamblea extraordinaria, que tuvo lugar en Caracas en febrero de 1953, el Consejo Económico y Social Interamericano adoptó una resolución para unificar las instituciones de seguros sociales en cada uno de los países americanos. Según el preámbulo de esta resolución, la diversidad de instituciones de seguro social, comprobada en algunos países, suscita serias dificultades de carácter administrativo que representan una disminución de prestaciones que los beneficiarios tienen derecho a percibir. También dice dicho preámbulo que la principal dificultad estriba en el hecho de que una solución de continuidad corre el riesgo de producirse en el cálculo del período global de contribución, cuando los trabajadores cambian de empleo donde ocurre una interrupción en la afiliación de dicho trabajador en una caja de retiros.
Tipo de ítem: Artículo de revista
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título. Ingresar para agregar etiquetas.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
No hay ítems correspondientes a este registro

Durante su tercera Asamblea extraordinaria, que tuvo lugar en Caracas en febrero de 1953, el Consejo Económico y Social Interamericano adoptó una resolución para unificar las instituciones de seguros sociales en cada uno de los países americanos. Según el preámbulo de esta resolución, la diversidad de instituciones de seguro social, comprobada en algunos países, suscita serias dificultades de carácter administrativo que representan una disminución de prestaciones que los beneficiarios tienen derecho a percibir. También dice dicho preámbulo que la principal dificultad estriba en el hecho de que una solución de continuidad corre el riesgo de producirse en el cálculo del período global de contribución, cuando los trabajadores cambian de empleo donde ocurre una interrupción en la afiliación de dicho trabajador en una caja de retiros.