La modificación de los conceptos jurídicos en materia de salarios permite la disminución de ciertos gastos de administración de la seguridad social.

Por: Colaborador(es): Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: México CIESS AISS 1964Descripción: 11 22 cmTema(s): Recursos en línea: Resumen: El concepto jurídico generalizado de salario, revela ser al análisis, un concepto teórico. Existen en efecto tres conceptos diferentes de salario. Para la mayor parte de los trabajadores, el concepto de salario corresponde al monto de lo que perciben. Para el patrono, el concepto de salario corresponde al precio de costo de los salarios de los trabajadores para la empresa, comprendiendo en ello las cargas sociales. El concepto de salario teórico es una cantidad variable entre estos dos extremos, que tiene en cuenta principalmente la proporción de las partes respectivas en las cotizaciones patronales y personales en materia de Seguridad Social. En este estudio no se tratan de los problemas relativos al descuento de los impuestos cuando son percibidos en su origen, primero porque este sistema de descuentos no está generalizado, después porque complicaría inútilmente esta exposición.(AU)
Tipo de ítem: Artículo de revista
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título. Ingresar para agregar etiquetas.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
No hay ítems correspondientes a este registro

El concepto jurídico generalizado de salario, revela ser al análisis, un concepto teórico. Existen en efecto tres conceptos diferentes de salario. Para la mayor parte de los trabajadores, el concepto de salario corresponde al monto de lo que perciben. Para el patrono, el concepto de salario corresponde al precio de costo de los salarios de los trabajadores para la empresa, comprendiendo en ello las cargas sociales. El concepto de salario teórico es una cantidad variable entre estos dos extremos, que tiene en cuenta principalmente la proporción de las partes respectivas en las cotizaciones patronales y personales en materia de Seguridad Social. En este estudio no se tratan de los problemas relativos al descuento de los impuestos cuando son percibidos en su origen, primero porque este sistema de descuentos no está generalizado, después porque complicaría inútilmente esta exposición.(AU)